Ampliamos los canales de atención telefónica en el Gremi
A todos nuestros agremiados,
Estaremos a su servicio, a su lado, en la medida que la situación excepcional nos deje. Ánimo y coraje.
Horario de atención telefónica a los talleres agremiados: de 9 a 14 horas
Canales de llamada:
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Teléfono 934 516 667 |
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Whatsapp 674 912 685 |
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Telegram @GremiTaller |
Fuera de ese horario puede contactar con nosotros en los siguientes emails:
Recordamos que el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 suspende:
- Los plazos procesales para todos los órdenes jurisdiccionales (Juzgados de Primera Instancia, Penal, Contencioso, Mercantiles, Social y Tribunales), excepto:
- Procedimientos habeas corpus.
- Procedimiento de protección de los derechos fundamentales de la persona de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Procedimientos de conflicto colectivo y para la tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas de la jurisdicción social.
- Autorización judicial para el internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico.
- Medidas de protección del menor.
- Otros que el juez o tribunal acuerde su práctica.
- Los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos.
- Los plazos para la tramitación de procedimientos con las entidades administrativas del Sector público:
- La Administración General del Estado.
- Las Administraciones de las Comunidades Autónomas.
- Las Entidades que integran la Administración Local.
- El sector público institucional.
Por su parte, Agencia Tributaria publicó el 13.03.2020 y consta hoy, 17.03.2020, la ampliación de los plazos en los procedimientos tributarios.

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