Image

Informatiu digital del Gremi de Tallers de Reparació d'Automòbils de Barcelona
GremiWeb
con la colaboración de / amb la col·laboració de
solera
 
banc sabadell
 
Promo apuntat gas
 
revista
 
convenio colectivo

Publicación del Convenio Colectivo del Sector de la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Barcelona 2020-2021

Se ha publicado hoy en el B.O.P.B., la Resolució de 18 de gener de 2021, por la que se dispone la inscripción y la publicación del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DE LA INDUSTRIA SIDEROMETALÚRGICA DE LA PROVINCIA DE BARCELONA para los años 2020 y 2021.

En el enlace que dispone a continuación puede consultar el texto, las tablas y anexos salariales.

boton descarga

CONVENIO COLECTIVO INDUSTRIA SIDEROMETALÚRGICA

 

ARRENDATARIOS: El 31.01.2021 acaba el plazo para solicitar reducción o moratoria de la renta alquiler

Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria

La persona física o jurídica arrendataria de un contrato de arrendamiento para uso distinto del de vivienda o de industria, que cumpla los requisitos legales, podrá antes del 31 de enero de 2021 solicitar de la persona arrendadora, cuando esta sea una empresa o entidad pública, o un gran tenedor, entendiendo por tal la persona física o jurídica que sea titular de más de 10 inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros, o una superficie construida de más de 1.500 m2, una de las siguientes alternativas:

  1. Una reducción del 50 por ciento de la renta arrendaticia durante el tiempo que dure el estado de alarma y sus prórrogas, hasta un máximo de cuatro meses.
  2. Una moratoria en el pago de la renta arrendaticia durante el periodo de tiempo que dure el estado de alarma y sus prórrogas, y hasta un máximo de cuatro meses. Este aplazamiento será sin penalización ni devengo de intereses, y la devolución se podrá realizar durante un periodo de dos años a contar desde la finalización de la moratoria, repartiéndose los importes aplazados de manera proporcional a lo largo del período.

Si la arrendadora, no es un gran tenedor o empresa o entidad pública, el arrendatario también puede solicitarle el aplazamiento temporal en el pago de la renta siempre que dicho aplazamiento o una rebaja de la renta no se hubiera acordado por ambas partes con carácter voluntario (deben recogerse por escrito dichos pactos).

Los requisitos legales que ha de cumplir el arrendatario son:

  1. Inmueble afecto a la actividad económica desarrollada por el trabajador autónomo:
    1. Estar afiliado y en situación de alta en el RETA en fecha 25.10.2020 o, en su caso, en una de las Mutualidades sustitutorias.
    2. Que se acredite la reducción de la facturación del mes natural anterior al que se solicita el aplazamiento o reducción de la renta en, al menos, un 75 %, en relación con la facturación media mensual del trimestre al que pertenece dicho mes referido al año anterior.
  2. Inmueble afecto a la actividad económica desarrollada por una pyme:
    1. Que no se superen los límites establecidos en el artículo 257.1 de la Ley de Sociedades de Capital (cifra anual de negocio < 8 millones €; núm. trabajadores medio < 50; activos < 4 millones €).
    2. Que acredite la reducción de su facturación del mes natural anterior al que se solicita el aplazamiento o reducción de la renta en, al menos, un 75 %, en relación con la facturación media mensual del trimestre al que pertenece dicho mes referido al año anterior.

La parte arrendataria debe formular la solicitud a la arrendadora por escrito y la arrendadora debe responder en 7 días hábiles qué opción prefiere. Su silencio implica que se aplique la opción escogida por el arrendatario.

La solicitud de la arrendataria deberá incluir una Declaración responsable en la que, sobre la base de la información contable y de ingresos y gastos, se haga constar la reducción de la facturación mensual en, al menos, un 75 %, en relación con la facturación media mensual del mismo trimestre del año anterior.

En todo caso, cuando el arrendador lo requiera, el arrendatario tendrá que mostrar sus libros contables al arrendador para acreditar la reducción de la actividad.

contrato alquiler

sircat
zurich
montepio
prevengraf
cator   tecnobee   dro
Síganos / Segueix-nos       
Image Image Image Image Image
Sus datos forman parte de un archivo mecanizado propiedad del Gremio Provincial de Talleres de Reparación de Automóviles de Barcelona, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Caracter Personal y a fin de que pueda ejercer los derechos de cancelación, rectificación u oposición, puede dirigir un mail a la dirección administracion@gremibcn.com.