💊Píldoras jurídicas para valientes😌
Hay quien cree que si todo se hace “de palabra” o “en confianza”, es más difícil que le reclamen.
Pero la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 16ª) de 31/01/2019 demuestra justo lo contrario: cuando no hay recibos, contratos ni justificantes, el juez se ve obligado a reconstruir la historia con indicios. Y lo hace.
En este caso, el comprador de un 🚗 Seat Ibiza pagó casi todo el precio en efectivo (7.200 €), tratando con dos intermediarios que actuaban por cuenta de la empresa vendedora.
La empresa, después, negó haber recibido el dinero… y también negó haber autorizado a esos intermediarios. 🙄
La Audiencia Provincial desmonta esta estrategia y enumera los indicios 🔎:
🔹 El propio vendedor con actos propios había reconocido el contrato de compraventa y que sus mandatarios gestionaban la venta.
🔹 Aunque no hubiese recibos, entregar el vehículo al comprador es un fuerte indicio de pago completo.
🔹 El comprador aseguró el vehículo, algo que solo se hace cuando uno se siente propietario.
🔹 La documentación del coche llegó incluso a una gestoría 📑 para el cambio de titularidad, lo que demuestra que la venta estaba perfeccionada.
🔹 Si el mandatario se queda con el dinero 💰, el problema es entre mandante y mandatario, no del comprador (arts. 1720 y 1727 CC).
Así, concluye, que el comprador pagó íntegramente y que la empresa debía entregarle los originales y firmar lo necesario para proceder al cambio de nombre en Tráfico. ✍️
⚖️ Moraleja:
No firmar, no documentar y no pedir recibo no te protege; al contrario, deja que sean los indicios —y no tu palabra— los que hablen por ti.
Una hoja de encargo, un justificante de pago o un contrato pueden ahorrarte años de pleito. ⏳
A seguir trabajando por la unión y los justos reclamos para vivir con dignidad. 💪















